Líneas de atención telefónicas de PQR: 4201300 – 4201301. |
Correos electrónicos: |
- Orito: Calle 8 12A 32 Barrio Marco Fidel Suarez
- Villagarzón: Carrera 5 con calle 12 Barrio Industrial
- Mocoa: Carrera 9 No. 8-10, Barrio El Centro
- Puerto Guzmán: Carrera 3 calle 13 esquina , Barrio Portal Amazónico
- Piamonte: Calle Principal de Piamonte
Código postal : 860001
La EEP S.A. E.S.P habilitó chat virtual en la página web de la Empresa www.energiaputumayo.com , a fin de que los usuarios puedan obtener respuesta de manera oportuna. Este chat se encuentra habilitado entre las 08:00 AM y las 12:00 del medio día.
La Empresa ha establecido que en cada sede se atiende a los usuarios de manera presencial entre las las 08:00 AM y las 12:00 del medio día.
Nuestras sedes se encuentran en:
- Orito: Calle 8 12A 32 Barrio Marco Fidel Suarez
- Villagarzón: Carrera 5 con calle 12 Barrio Industrial
- Mocoa: Carrera 9 No. 8-10, Barrio El Centro
- Puerto Guzmán: Carrera 3 calle 13 esquina , Barrio Portal Amazónico
- Piamonte: Calle Principal de Piamonte
Desde Celular y fijo:
608-4201300
Desde fijo:
115
Preguntas frecuentes.
Glosario.
Índice de información pública clasificada y reservada.
Registro de Activos de Información
2.1. Datos Abiertos
La Empresa de Energía del Putumayo S.A. E.S.P., en cumplimiento con las políticas de “Gobierno Abierto” y en el marco de la Ley de Transparencia 1712 de 2014, pone a disposición al público información corporativa de uso libre. Con estos datos, la Empresa aporta a la mejor toma de decisiones de los ciudadanos, entidades públicas y privadas, y otras partes de interés.
2.1.1. Índice de Información Clasificada y Reservada: El Índice de Información Clasificada y Reservada es el inventario de la información pública generada, obtenida, adquirida o controlada por el sujeto obligado, en calidad de tal, que ha sido calificada como clasificada o reservada.
El índice de Información Clasificada y Reservada debe actualizarse cada vez que una información sea calificada como clasificada o reservada y cuando dicha calificación se levante, conforme a lo establecido en el mismo índice y en el Programa de Gestión Documental.
A continuación se presenta el documento que contiene el listado de la información clasificada como reservada y/o clasificada en la Empresa de Energía del Putumayo de acuerdo a lo estipulado en el artículo 6 y el artículo 19 de la ley 1712 del 2014 (Ley de transparencia):
- c) Información pública clasificada. Es aquella información que estando en poder o custodia de un sujeto obligado en su calidad de tal, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado, siempre que se trate de las circunstancias legítimas y necesarias y los derechos particulares o privados consagrados en el artículo 18 de esta ley;
- d) Información pública reservada. Es aquella información que estando en poder o custodia de un sujeto obligado en su calidad de tal, es exceptuada de acceso a la ciudadanía por daño a intereses públicos y bajo cumplimiento de la totalidad de los requisitos consagrados en el artículo 19 de esta ley;
Artículo 19.Información exceptuada por daño a los intereses públicos. Es toda aquella información pública reservada, cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito en las siguientes circunstancias, siempre que dicho acceso estuviere expresamente prohibido por una norma legal o constitucional:
- a) La defensa y seguridad nacional;
- b) La seguridad pública;
- c) Las relaciones internacionales;
- d) La prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso;
- e) El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales;
- f) La administración efectiva de la justicia;
- g) Los derechos de la infancia y la adolescencia;
- h) La estabilidad macroeconómica y financiera del país;
- i) La salud pública.
Parágrafo. Se exceptúan también los documentos que contengan las opiniones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos.
- 1. 2. Registro de Activos de Información: Los activos de información son el resultado de la construcción de un inventario y clasificación de los activos que posee la entidad de acuerdo con la Política General de Seguridad y Privacidad de la información, la cual determina qué activos posee la entidad, cómo deben ser utilizados, así como los roles y responsabilidades que tienen los funcionarios sobre los mismos.